Calculadora de IVA
Sumar el IVA es fácil. Quitarlo es donde se equivoca casi todo el mundo: a un total con 21 % no se le resta un 21 %, se divide entre 1,21.
Rellena los datos y el desglose aparecerá aquí.
Los tres tipos de IVA en España
| Tipo | Se aplica a |
|---|---|
| 21 % | La mayoría de bienes y servicios: electrónica, ropa, hostelería de bebidas alcohólicas, servicios profesionales, coches. |
| 10 % | Alimentos en general, transporte de viajeros, hostelería y restauración, entradas a espectáculos, vivienda nueva, gafas graduadas. |
| 4 % | Pan común, leche, huevos, frutas, verduras, cereales, quesos, libros, periódicos, medicamentos de uso humano, prótesis, vivienda de protección oficial. |
El error de restar el porcentaje
Si una factura suma 1.210 € con IVA del 21 %, la base no son 1.210 menos el 21 %, que darían 955,90 €. La base son 1.210 ÷ 1,21 = 1.000 €. La diferencia parece pequeña en un recibo y deja de serlo cuando se repite en toda una contabilidad.
| Operación | Fórmula |
|---|---|
| Añadir IVA del 21 % | Base × 1,21 |
| Quitar IVA del 21 % | Total ÷ 1,21 |
| Añadir IVA del 10 % | Base × 1,10 |
| Quitar IVA del 10 % | Total ÷ 1,10 |
El IVA no es tuyo
Cuando cobras una factura con IVA, ese dinero entra en tu cuenta pero pertenece a Hacienda. Cada trimestre lo liquidas en el modelo 303: sumas el IVA que has cobrado, restas el que has pagado en tus compras y la diferencia se ingresa.
El error clásico del autónomo que empieza es gastarse el IVA cobrado y encontrarse sin liquidez en abril. Apartarlo en cuanto entra evita el problema entero.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se quita el IVA de un importe?
Dividiendo el total entre 1 más el tipo en decimales. Para el 21 %, se divide entre 1,21; para el 10 %, entre 1,10; para el 4 %, entre 1,04. Restar el porcentaje directamente da un resultado incorrecto.
¿Cuándo se factura sin IVA?
En operaciones exentas como la enseñanza reglada, los servicios sanitarios o los seguros, y en las ventas intracomunitarias a empresas con NIF-IVA válido, donde se aplica la inversión del sujeto pasivo.
¿Qué es el recargo de equivalencia?
Un régimen especial obligatorio para comerciantes minoristas que venden a particulares sin transformar el producto. El proveedor les repercute un recargo adicional (5,2 %, 1,4 % o 0,5 %) y a cambio no presentan declaraciones de IVA.
¿Cuándo se presenta el modelo 303?
En los veinte primeros días de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres, y hasta el 30 de enero para el cuarto. Si el plazo acaba en festivo, se traslada al siguiente día hábil.
¿Puedo deducir el IVA de la comida y el coche?
Las comidas solo si están directamente vinculadas a la actividad y bien documentadas. El coche admite por norma general una deducción del 50 %, salvo que se acredite un uso exclusivamente profesional.